Actualidad

Novedades en el Impuesto sobre el valor añadido e Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas.

  • Novedades en el Impuesto sobre el valor añadido.

A partir del 1 de Septiembre de 2012 se incrementan los tipos impositivos tal y como se señalan a continuación:

a)El tipo de gravamen general pasa a ser del 18 al 21%.

b)El tipo de gravamen reducido pasa del 8 al 10%

c)El tipo reducido del 4% no sufrirá variación.

d)El tipo de régimen especial del recargo de equivalencia pasa del 4 al 5.2% y del 1% al 1.4%

A partir del 1 de septiembre determinados productos y servicios pasan a tributar del tipo impositivo reducido del 8% (en breve 10%)al tipo impositivo general del 21%:

a)Flores y plantas ornamentales.

b)Servicios mixtos de hostelería: suministro de comidas y bebidas en espectáculos, discotecas, salas de fiesta, barbacoas y otros análogos.

c)Entrada a teatros, circo, espectáculos y parques de atracciones, ferias conciertos, parques zoológicos, cines y exposiciones . Se mantienen al tipo reducido las entradas a bibliotecas, archivos y centros de documentación y museos, galerías de arte y pinacotecas.

d)Servicios prestados por intérpretes, artistas, que sean personas físicas.

e)Los servicios prestados a personas físicas que practiquen el deporte ó la educación física.

f)Servicios funerarios.

g)Servicios de peluquería.

h)En las ejecuciones de obra de renovación y reparación de viviendas se mantiene el resto de requisitos y se eleva al 40% (antes 33%) la aportación de materiales para que la obra no se considere una entrega de bien.

i)El suministro y recepción de servicios de radiodifusión digital y televisión digital.

j)Las importaciones de objetos de arte.

k)Las adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte.

  • Novedades en Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En el Estado a partir del 1 de Septiembre de 2012 hasta el 31 de Diciembre de 2013, el porcentaje de retención a aplicar en el caso de rendimientos de actividades profesionales subirá del 15% al 21%.

This entry was posted in Actualidad, Contable, Fiscal and tagged , , . Bookmark the permalink.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

Puedes usar las siguientes etiquetas y atributos HTML: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>